La DIC es el instrumento necesario para la reforma de una actividad industrial ubicada en suelo no urbanizable común, de cara a su regularización y adaptación a la legislación urbanísitca vigente, cuya instalación se encontraba en funcionamiento antes de la entrada en vigor de la Ley 4/1992, de la Generalitat Valenciana, de 5 de junio, del Suelo No Urbanizable.

Se afecta a una parcela dentro de un enclave aislado que el municipio tiene rodeado por los términos municipales de Palma de Gandía y Alfauir, a unos 2 Km de distancia del núcleo urbano de Rótova; dicha parcela está clasificada como suelo no urbanizable común o agrícola.

Parcelas objeto de la DIC
Parcela objeto de la DIC

Al solicitar su DIC, no se pretende llevar a cabo ampliación alguna de la superficie edificada, ni de la parcela dedicada a este uso, sino que únicamente se propugna su reforma para la adaptación a los nuevos procesos productivos.